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Documentación solicitante alquiler |
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Junto con la solicitud, para formalizar el arrendamiento de una vivienda a través del Programa, el inquilino deberá presentar la siguiente documentación: DNI o NIE Contrato de trabajo o, en su defecto, certificado de la empresa acreditativo de la duración de la relación laboral. Tres últimas nóminas o, en su defecto, certificado de la empresa acreditativo del salario bruto mensual a percibir. En su caso, documento acreditativo de ser perceptor de pensión, prestación por desempleo o cualquier otra percepción pública, donde se indique el período de duración y el importe a percibir. Declaración del IRPF relativa al período impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido a la fecha de formalización del contrato de arrendamiento. En el caso de autónomos, por actividades empresariales, profesionales o artísticas, si no hubieran presentado declaración por no estar obligado a ello, la acreditación de sus ingresos se efectuará mediante declaración responsable. Informe de Vida Laboral. En este mismo supuesto, y si fuera necesario fiador personal, deberá aportar además la siguiente documentación: Opción a) Nota simple del Registro de la Propiedad actualizada o, en su defecto, Escritura pública acreditativa de la propiedad de la vivienda. Último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) o, en su defecto, certificación del Catastro en el que conste el valor catastral de la propiedad.
Opción b) Contrato de trabajo o, en su defecto, certificado de la empresa acreditativo de la duración de la relación laboral. Tres últimas nóminas o, en su defecto, certificado de la empresa acreditativo del salario bruto mensual a percibir. En su caso, documento acreditativo de ser perceptor de pensión, prestación por desempleo o cualquier otra percepción pública, donde se indique el período de duración y el importe a percibir. Declaración del IRPF relativa al período impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido a la fecha de formalización del contrato de arrendamiento. En el caso de autónomos, por actividades empresariales, profesionales o artísticas, si no hubieran presentado declaración por no estar obligado a ello, la acreditación de sus ingresos se efectuará mediante declaración responsable.
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